Esta ley, fue creada con el fin de que todos los niños y niñas que vivan en el Distrito Federal, cuenten con su protección y beneficio, además de ser una disposición de orden público, interés social y de observancia general .
La aplicación de la presente Ley corresponde, en el ámbito de su competencia, a la Administración Pública centralizada y descentralizada del Distrito Federal.
La presente Ley tiene por objeto:
I. Garantizar y promover el ejercicio
Ley de los derechos de las niñas y niños en el distrito federal, ordenamiento vigente: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero del 2000.
La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el Distrito Federal. Los beneficios que se deriven de esta Ley, serán aplicables a todas las niñas y niños que se encuentren en el Distrito Federal.
La aplicación de esta Ley corresponde, en el ámbito de su competencia, a la Administración Pública centralizada y descentralizada del Distrito Federal.
Esta Ley tiene por objeto:
I. Garantizar y promover el ejercicio de los derechos de las niñas y niños;
II. Establecer los principios que orienten las políticas públicas a favor de las niñas y niños;
III. Fijar los lineamientos y establecer las bases para la instrumentación y evaluación de las políticas públicas y de las acciones de defensa y representación jurídica, asistencia, provisión, prevención, protección y participación para la promoción y vigencia de los derechos de las niñas y niños a fin de:
a) Impulsar y consolidar la atención integral y la generación de oportunidades de manera igualitaria para las niñas y niños;
b) Establecer los mecanismos que faciliten el ejercicio de los derechos de las niñas y niños;
c) Promover la cultura de respeto hacia las niñas y niños en el ámbito familiar, comunitario y social, así como en el público y privado;
d) Establecer las facultades y obligaciones de la Administración Pública para el cumplimiento de la presente Ley.
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